Posted on: 29 septiembre, 2020 Posted by: MULCS Comments: 0

28/9/2020

Diversos organismos de Derechos Humanos, organizaciones sindicales y políticas, y personalidades diversas han presentado al Juez Martín Rizzo el siguiente Amicus Curiae contra el desalojo de los habitantes de la recuperación de tierras de Guernica.

Se presentan en calidad de amicus curiae.- Formulan consideraciones en razón del interés social e institucional comprometido en el caso.- Se deje sin efecto desalojo dispuesto.-

Sr. Juez de Garantías N° 8 de Cañuelas – Dr. Martín Rizzo:

Las siguientes organizaciones y referentes de los Derechos Humanos: Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos (AEDD); Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH Nacional); Asamblea Permanente por los Derechos Humanos – La Matanza; Asociación de Profesionales en Lucha (APEL); Coordinadora Antirrepresiva por los Derechos del Pueblo (CADEP); Centro de Abogadxs por los Derechos Humanos (CADHU); Comité de Acción Jurídica (CAJ); Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH); Colectivo Memoria Militante (CMM); Comision Memoria y Justicia de la Masacre de La Plata; Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI); Equipo Argentino de Trabajo e Investigación Psicosocial (EATIP); Encuentro Militante Cachito Fukman (EMCF); HERMAN@S de Desaparecidos por la Verdad y la Justicia; H.I.J.O.S. Zona Oeste (Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio); H.I.J.O.S. La Plata; Liga Argentina por los Derechos Humanos (LADH); Asociación Civil por la Defensa de la Libertad y los Derechos del Pueblo (Liberpueblo); Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH); Observatorio por los Derechos Humanos de la Ciudad (ODH); Servicio Paz y Justicia (SERPAJ); Unión Argentina por los Derechos Humanos (UADH); Adolfo Pérez Esquivel (Premio Nobel de la Paz), Nora de Cortiñas, Elia Espen (Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora) y Mirta Baravalle (cofundadora de Madres y Abuelas de Plaza de Mayo ); Marcela Ledo (Madres de Plaza de Mayo Filial La Rioja); Elsa Pavón (Abuela y Presidenta de la Asociación Anahí); Sergio Maldonado; y los referentes, legisladores/as, y organizaciones abajo adherentes; con el patrocinio letrado de María Luz Santos Morón,Tº LXI Fº 158 CALP, domicilio electrónico 27321724642@notificaciones.scba.gov.ar; Martín Alderete, T°33 F°420 CASI 20251461113@notificaciones.scba.gov.ar; Matías Aufieri, T° 604 F° 689 CALP; Claudia Leaños Parada, Tº XIX Fº 465 CASM 2792920187@scba.gov.ar; en el marco de la IPP N° 06-02-002138-20/00 y su acumulada 06-02-2114-20 nos presentamos ante V.S. y decimos:

OBJETO

Que por medio del presento escrito, solicitamos al Señor Juez sirva tenernos constituidos en carácter de Amigos del Tribunal (Amicus Curiae), con el objeto de acompañar a su consideración fundamentos que se consideran relevantes a fin de resolver adecuadamente sobre el objeto procesal existente en el marco de las presentes actuaciones.

CONSIDERACIONES PREVIAS

Conforme Acordada Nº 28/2004 del 14 de julio de dicho año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha legitimado la figura del Amicus Curiae (Amigos del Tribunal) ante sus estrados, fundada en la necesidad de permitir la participación ciudadana en la administración de justicia. La figura se encuentra amparada además por la disposición del art. 33 de la Carta Magna, en virtud de garantizar la soberanía del pueblo y la forma republicana de gobierno. A su vez, referida figura tiene sustento en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos al cual se ha asignado jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 C.N.) pues ha sido objeto de regulación en el Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (art. 62.3 CADH) y ha sido expresamente autorizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (arts. 44 y 48 de la CADH).

Por último, vale señalar que la ley 14.736 de la Provincia de Buenos Aires establece que toda persona podrá presentarse ante la suprema corte de justicia en calidad de amigo del tribunal en todos los procesos judiciales en los que se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o interés general, lo cual es regalmentado por la Resolución 3977/2020 de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense.

La indudable trascendencia social y jurídica que adquiere la precaria situación de miles de familias que hoy tiene lugar en la localidad bonaerense de Guernica,partido de Presidente Perón, nos ha impulsado a efectuar esta presentación, que esperamos será valorada adecuadamente por el Sr.Juez.

III RECONOCIDA COMPETENCIA EN LA CUESTIÓN DEBATIDA

Que las organizaciones y referentes que acompañan esta presentación cuentan con una reconocida trayectoria en la defensa de los derechos humanos que avala su competencia y compromiso en la materia y justifica su presentación ante el Sr. Juez de la causa.

INTERÉS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE CAUSA

Nuestro interés en participar en el presente expediente radica, en tanto organismos que ejercemos la defensa cotidiana de los Derechos Humanos, en la desesperada demanda que surge de la necesidad de vivienda que atraviesa a miles de familias que se han tenido que asentar en los predios denominados “20 de Julio”, “San Martín”, “La Unión” y “La Lucha”, de la localidad de Villa Numancia, Guernica, en el marco de la histórica y notoria crisis social, económica y sanitaria que atraviesa nuestro país, profundizando la desocupación y la precarización laboral, a causa de las cuales decenas de miles de personas han pasado a una situación de pobreza e indigencia con la consecuente imposibilidad de costear una vivienda y el pago de un alquiler.

ARGUMENTOS

Hasta la fecha, vemos con extrema preocupación que se contemple el lanzamiento o el desalojo como única salida posible a la ocupación que tuvo lugar el pasado 20 de julio en el barrio Villa Numancia, de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón.

Más de dos mil familias sin techo se instalaron en un predio de unas 100 hectáreas, en medio de la pandemia y el frío, en el marco de la peor crisis que el país recuerde en mucho tiempo. Dos meses después se anunció la intervención represiva del Estado, acudiendo en auxilio de quienes más tienen, dejando sin solución válida a los sectores más necesitados. A la vez, la pretendida titularidad de las tierras ocupadas no ha sido acreditada por los denunciantes en las presentes actuaciones.

Cabe resaltar que entre las personas ocupantes se halla una importante cantidad de mujeres víctimas de violencia de género, para quienes la permanencia en su morada anterior implicaba un grave riesgo, así como una gran cantidad de niños, niñas y adolescentes.

Las familias ocupantes requieren el ejercicio del derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado reconocido constitucionalmente por el art. 14 bis tercer párrafo de la ley superior y mediante la incorporación a la misma de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos (art. 75 inc. 22).

El Pacto Internacional de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC[1]) en su art. 11 inc. 1 sostiene que “Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel adecuado de vida para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Parte tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho…”

La legislación internacional que recepciona los Derechos Humanos contempla el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado, incluida una vivienda adecuada. Esta definición, dada porel Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,debe interpretarse de manera amplia, garantizando “el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte”[2]. Ese derecho a una vivienda adecuada tiene determinadas características que están descriptas en la Observación general Nº 4 del Comité (1991) sobre el derecho a una vivienda adecuada y en la Observación general Nº 7 (1997) sobre desalojos forzosos.

Por su parte, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su art 25 inc. 1, señala: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…”

Resulta evidente que estos preceptos chocan abiertamente con el discurso de la llamada meritocracia que buscan instalar desde algunos sectores políticos o comunicacionales y que repercute en determinados sectores de la sociedad en los cuales se busca instalar con carácter de “sentido común”. Ni el ordenamiento legal ni el Derecho son neutros y deben contemplar los derechos fundamentales consagrados por nuestra Carta Magna y en los tratados internacionales de raigambre constitucional. La privación de derechos elementales a miles de habitantes en medio de una crisis de proporciones históricas conllevaría el completo fracaso de un sistema social, político y judicial priorizando mediante el derecho penal la defensa de centenares de hectáreas de dudosa titularidad y posesión,que se encuentran completamente ociosas desde hace décadas por sobre los Derechos Humanos consagrados.

En idéntico sentido se pronuncian, entre otros, la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre (art. XI), la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación Racial (art. 5.e.iii), la Convención sobre los Derechos del Niño (art. 27 inc. 3) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También lo hacen la propia Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su art. 36inc. 7° y su reglamentación mediante la Ley de Acceso Justo al Hábitat.

Es importante recordar que la Convención Americana de Derechos Humanos desarrolla el criterio de la progresividad en su artículo 26[3] y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que a fin de dar cumplimiento al principio pro homine -elemento fundamental en materia de interpretación y aplicación de derechos humanos-, previsto en el art. 29 CADH[4], los jueces siempre deben “efectuar la interpretación más favorable para elefectivo goce y ejercicio de los derechos y libertades fundamentales; pudiendo incluso optar por la interpretación más favorable en caso de aplicabilidad de la Convención Americana y otros tratados internacionales sobre derechos humanos”[5].

El enunciado principio de progresividad (art. 26 CADH) implica para los Estados el deber de no adoptar políticas regresivas que tengan por objeto o efecto la disminución del estado de goce de los derechos económicos, sociales y culturales[6].

En la actual jurisprudencia de la CorteIDH a partir del caso Lagos del Campo del 21/8/2017 se reconoce la existencia de derechos sociales que se extraen de la derivación de las Normas económicas y sociales de la Carta de la OE A, que forman de las obligaciones de realización inmediata por los Estados partes cumpliendo las obligaciones de los arts 1 y 2 de la CADH. El derecho a la vivienda adecuada (art 34 k, Carta OEA) es un derecho operativo autónomo que forma parte de las obligaciones del estado argentino al igual que el derecho a la salud a la vida etc. Es un derecho exigible que no puede ser violado por los Estados que debe adoptar todas las medidas y recursos para cumplirlo, diferente del derecho a la propiedad privada y que requiere una tutela especial y preferente.

Asimismo, y como sostiene desde hace meses el colectivo de abogados defensores de las y los habitantes de las tierras en cuestión, no se ha visto configurado en el caso el tipo penal de usurpación que ha dado lugar a la presente “instrucción penal preparatoria” y previsto en el art 181 del Código Penal. No tuvo lugar ninguna de las situaciones allí descritas, tales como violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad para ingresar al inmueble.

Es por todo lo expuesto, que por medio de la presente los y las firmantes queremos manifestar nuestro expreso rechazo a la disposición de lanzamiento que tuviera lugar en autos, actualmente previsto a partir del primer día de octubre del corriente año.

También queremos denunciar el hostigamiento policial y las situaciones de violencia a las que son sometidas las personas que habitan las tomas, incluyendo el personal médico y otras personas externas a la ocupación de las tierras, que se acercan a colaborar de distintas maneras.

Las detenciones a los habitantes de la toma y a miembros de organizaciones sociales que transportaban mercaderías o elementos para intentar crear mejores condiciones de permanencia en los predios en cuestión son otras de las intimidaciones inaceptables que hemos rechazado de manera categórica.

Las amenazas constantes de cortes de energía eléctrica, para persuadir a los habitantes de la toma para que dejen el lugar, no pueden entenderse sino como un inaceptable chantaje y agravio a la dignidad de las personas, carente de cualquier rasgo de humanidad, por parte de institucionesy operadores que jamás han pasado por necesidades similares a las de quienes ocupan los terrenos.

Entendemos que deben abrirse instancias de diálogo desde sectores de la administración, para encontrar una solución, y que no debe entenderse como única salida el abandono del predio por parte de los habitantes, y con ello, el abandono a su suerte.

“Mi gestión se va a caracterizar por una mirada humana… por resolver los conflictos de una forma integral y no desde una mirada distante como muchas veces tiene la Justicia. Una Justicia lejana desde lo territorial y alejada de la gente no es Justicia” afirmó el Sr. Juez Rizzo en su discurso de inauguración del juzgado que preside, en junio de 2017. Pocas oportunidades como la presente para llevar a cabo tales definiciones. Esperamos y solicitamos que así sea.

PETITORIO

Por lo expuesto anteriormente es que requerimos:

I.- Se nos tenga por presentados en las presentes actuaciones y admitidos -luego- como Amigos del Tribunal.

II.- Se deje sin efecto el lanzamiento dispuesto en el presente expediente.

III.- Se arbitren los medios para que cese de inmediato el hostigamiento policial y civil contra las familias, personas adultas, adolescentes y niños/as que habitan los predios en cuestión.

IV.- Se otorgue absoluta prioridad al elemental derecho a la vivienda de las miles de familias afectadas brutalmente por la actual crisis social, económica, y sanitaria.

PROVEER DE CONFORMIDAD, QUE

SERÁ JUSTICIA.

ADHERENTES AL PRESENTE AMICUS CURIAE:

Organizaciones sindicales y sociales:

CTA Autónoma y CTA de lxs Trabajadorxs, A Turma da Bahiana, , ATE (Asociación Trabajadores del Estado) Consejo Directivo Provincial Buenos Aires, ATE Capital, ATE Cuerpo de Delegades Minist. Desarrollo Territorial y Hábitat, ATE INTI, ATE Provincia de Buenos Aires, Acción FADU, Acción Socialista Libertaria, ADEMYS, AEL (Asociación Ecológica de Lanús), Agencia Para la Libertad, AGD-UBA (Asoc. Gremial Docente de la UBA), CONADU Histórica; Confederación General de Jubilados, Pensionados, Retirados y Adultos Mayores del País, FeNaT-Federación Nacional Territorial CTA Autónoma,. Actrices Argentinas, Actuemos – Lista Naranja en la Multicolor (Asoc. Arg. Actores), Asoc. Mutual Sentimiento, Barrios Unidos en Lucha, Biblioteca Pop. General Gutiérrez, Biblioteca Pop. Palabras del Alma, BUEL-OLP Resistir y Luchar Rosario, Campaña contra la Prescripción de los Delitos de Violencia Sexual, Campaña Nacional contra las Violencias hacia las Mujeres, Casa de la Amistad argentino-cubana-venezolana (La Matanza), Casa Santa Cruz 140 (100 familias en situación de desalojo), Casa Taller, Casapueblos Madrid, Cátedra Americanista FFyL UBA, Cátedra de Cultura Indígena FFyL UBA, Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA-A) Buenos Aires, Centro Cultural y Comunitario La Toma (Lomas de Zamora), Centro de Estudiantes de Geografía (Univ. Nacional de Luján), CIAJ La Plata (Colectivo de Investigación y Acción Jurídica), CICOP (Asoc. Sindical de Profesionales de la Salud Pcia. Bs. As.), CIPOCARR, Colectiva feminista Decolonial Antipatriarcal SMA, Colectiva Feminista Las Azucenas, Colectiva feminista Las Fuegas, Colectiva feminista Las Violetas (La Pampa), Colectivo Contramuro, Colectivo YoSiTeCreo (contra los abusos sexuales en las infancias), Colectivo La Fogata, Columna Antirracista (Negras Indígenas Racializadas Lesbianas Travestis Trans No Binaries), Comisión Independiente de Trabajo Social en apoyo al proceso de recuperación de tierras en Guernica, Comisión Interna Hospital Italiano, Comisión Interna GPS Aeroparque, Comisión Interna Linde (ex Praxair, Pacheco), Comuna Docente, Confederación Sindical Solidaridad Obrera (España), Consejería pre y post aborto Kimelu, Consejerías de Vivienda, Convergencia Socialista, Cooperativa de Trabajadores Rurales (San Vicente), Cooperativa de Vivienda Papa Francisco Ltda., Cooperativa Madygraf Ex Donnelley, Corriente Nacional Docente 9 de Abril, Corriente Política de Izquierda, Corriente Político-Sindical Rompiendo Cadenas, Corriente Social y Política Marabunta, CTA Autónoma Capital, CTA Autónoma Pcia. Buenos Aires, CTA Autónoma Pcia. Santa Fe, CTA Bahía Blanca, CTA Solano y ASFAD, Diálogo 2000 – Jubileo Sur Argentina, Docentes de Base de la Matanza, OLP Resistir y Luchar, El Parque no se Vende Asoc. Civil, En Clave Roja – Juventud del PTS, Juventud Socialista del MST, Encuentro Nacional de Arquitectura Comunitaria 2019 (PH Proyecto Habitar, ARQCOM La PLata; Corriente Nacional de Arquitectos y Diseñadores Raúl Molina, Taller Libre de Proyecto Social, Tipp y cientos de arquitectxs, estudiantes y docentes), Equipo de Educación Popular Pañuelos en Rebeldía, Espacio Comunitario 30 Mil Mariposas (Mar del Plata), FAR, Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, Federación de Organizaciones de Base Autónoma, Federación Judicial Argentina, Federación Juvenil Comunista, Feriantes en Lucha de González Catán, FISYP Fundación de Investigaciones Sociales y Políticas, FJC La Matanza, FM Barrial Comunitaria, FORA Zona Sur GBA, FPDSCP Regional Patagonia, Frente 22 de Agosto, Frente Arde Rojo, Frente Cultural Che Adelita, Frente de Educadores del Sur La Vilte, Frente de la Resistencia, Frente de Trabajadoras Autogestivas Lomas de Zamora, Frente Federal de los Pueblos (género nacional), Frente Lila – Regional Oeste ATECH, Frente Social 17 de Octubre – Bs. As., Frente Social Miguel Roldán, Frente Villero Peronista, Fundación Amadeo Capital Humano, Furia Trava, GEAL (Grupo de Estudios de América Latina y el Caribe), Grupo de Curas en Opción por los Pobres, Grupo Matamba lbtiq+, Habitar Argentina, Hijos Avice py (regional Bs. As.), Huerquen Comunicación en Colectivo; Identidad, Salud y Cultura; Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCi); Interacción Urbana (Córdoba), Izquierda Socialista en el FIT-U, Jubilados Clasistas, Jubypen Mendoza, Juntas y a la Izquierda, La Red de Precarizadxs, La Rouco / Necochea-Quequén, La Toma Centro Cultural y Político, La Violeta – La Matanza, Las Wakoldas (colectiva feminista en el FPDS-CP), Libre Diversidad-MST, Lista Blanca Turquesa SITRATEL Rosario, Lista Negra y Roja Suteba Tigre, Lista Roja de Suteba y CABA, Luz y Fuerza Mar del Plata, Luz y Fuerza La Pampa, M.O.N.T.E.S., MTR 12 de Abril, MAC – Movimiento Agrup. Clasistas, MAP Movimiento Acción Popular FeNaT CTA-A, Miles de Raíces, Mesa de Género y Diversidades Nuevo Encuentro Pte. Perón, Mesa de Tierras CABA, Mil Flores Nacional, MM Cerámica, MNER – Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas, MOI Rosario, Movimiento 19 de Diciembre, Movimiento 19 de Julio de Argentina (M19), Movimiento Afrocultural, Movimiento Amplio de Izquierda (MAIz) Rosario, Movimiento de los Pueblos Libres Ama Yunqo, Movimiento de los Pueblos (Por un socialismo feminista desde abajo Frente Popular Darío Santillán Cte. Nac. / Izquierda Latinoamericana Socialista / Movimiento por la Unidad Latinoamericana y el Cambio Social / Movimiento 8 de Abril), Movimiento Plurinacional de Mujeres de Capilla del Monte, Movimiento Popular Liberación – CABA, Movimiento Popular Liberación – Nacional, Movimiento Resistencia Popular, Movimiento Sin Trabajo “Teresa Vive”, Movimiento Social Tupaj Katari Jujuy, Movimiento Territorial Liberación MTL Carlos Chile, MP La Dignidad, MST en el FIT Unidad, MTL Rebelde, MTL Matancero, MTL-CTA Jujuy, Asoc. Civil Martín Fierro, Mujeres Libertarias (Madrid, España), Mujeres por la Libertad, Multisectorial Humedales, Nuevo Encuentro Pte. Perón, Nuevo MAS, Nuevo PST – La Marx, Observatorio de Violencia “La casa de tod@s” (Rojas), Opinión Socialista, Partido Comunista Merlo, Partido Obrero (PO), Partido Obrero Tendencia, Partido por la Dignidad del Pueblo Jujuy, Partido Revolucionario de los Trabajadores, Partido Socialismo y Libertad, PC La Matanza, Periódico El Roble, Peronismo 26 de Julio Regional Buenos Aires, Plenario de Trabajadoras, Plurinacional de Abya Yala SMA, Polo Obrero, PRA Pensamiento Revolucionario Americano, PRC – Partido por la Revolución y el Comunismo, PRML; programas de radio Detrás de las Paredes, Todos los Fuegos y Sueños Posibles; Proyectar (Docentes y Graduades FADU), Proyecto Habitar, PTS en el FIT Unidad, Pura Praxis Colectiva de Teatro de las Oprimidas, Radio cooperativa La Tosca (La Pampa), Radio La Revuelta Mar del Plata, Razón y Revolución, Red de apoyo a la Gremial de Abogadas y Abogados, Red de personas viviendo con vih-sida (Mar del Plata), Red de Solidaridad con Chiapas en Buenos Aires, Red Ecosocialista, Rede Nacional de Mulheres Negras no Combate à Violência (Brasil), Redpuente MPLD Matanza, Respeto (Río Cuarto, Córdoba), Resumen Latinoamericano, Revista y colectivo Herramienta, Secretaría de géneros CTA La Matanza, Sindicato Unido de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla), SITEBA Sindicato de Trabajadorxs de Entidades Bancarias y Financieras, Socialismo Sanmartiniano de la Izquierda Nacional, Tercerizados de LATAM en Lucha, Todxs Somos Patria, UJS (Unión de Juventudes al Socialismo), Uniendo Barrios UB La Matanza, Universidad de lxs Trabajadorxs – IMPA, Universidad Trashumante, Ushuaia-Manta Organización de Pueblos Originarios; Vecinos Autoconvocados contra la CEAMSE y el CARE (G. Catán), Centro Cultural Deportivo y Ambiental Galpón 3, Vecinos Auto-convocados Suardi (por la Salud y el Ambiente), Vecinos de San Cristóbal, Venceremos – Partido de Trabajadorxs, Wiphala Rebelde Abriendo Caminos, Agrup. Bordó (Sanidad), Agrup. Alternativa Estatal, Agrup. Docente María Saleme FUDoC-Pluricolor UEPC (Córdoba), Agrup. Aeronáutica El Despegue – Lista Bordó, Agrup. Alternativa Docente, Agrup. Argentina de Graduadxs en Cuba (AAGraCUBA), Agrup. Bordó Alimentación, Agrup. Bordó Subte, Agrup. Granate del Neumático, Agrup. La Marrón Clasista Estatales, Agrup. LGBTI 1969, Agrup. Mariano Moreno (Colegio Público de Abogados Cap. Fed.), Agrup. Naranja Enacom, Agrup. Naranja Ferroviaria, Agrup. Naranja Petrolera, Agrup. Pan y Rosas, Agrup. Violeta Telefónica; Alicia S. Gómez Partido de los Poetas; ANCLA (Agrup. Nacional Clasista Antiburocrática), Ando Habitando, APM (Asociación de Agentes de Propaganda Médica), Área de Estudios Urbanos – Instituto de Investigaciones Gino Germani, Arquitectos De A Pie Buenos Aires, Asamblea de Floresta, Asamblea El Algarrobo (Andalgalá, Catamarca), Asoc. Civil Activar Personas Vínculos Humanistas, Asoc. Civil Ñuñu (Lomas de Zamora), Espacio Rizoma, ALE (Asoc. de Licenciados en Enfermería, CABA)

Diputadxs y referentes políticos y sociales:

Alejandrina Barry, diputada CABA; Alejandro Bodart, diputado CABA mc, Alejandro Vilca, Natalia Morales, Eduardo Hernández y Gastón Remy, diputadxs Jujuy; Cele Fierro MST; Claudio Del Pla, diputado provincial Salta; Claudio Dellecarbonara, diputado bonaerense; Gabriel Solano, diputado CABA; Hugo Godoy, secr. gral. ATE; Jorge Altamira y Marcelo Ramal, diputados CABA mc; Juan Carlos Giordano, diputado nacional electo; Juan Grabois Movimiento de Trabajadores Excluidos-MTE y Unión de Trabajadores de la Economía Popular-UTEP; Luciana Echevarría, diputada provincial Córdoba, Manuela Castañeira; Miryam Bregman, diputada CABA; Néstor Pitrola y Vanina Biasi; Nicolás del Caño, diputado nacional; Patricia Jure, diputada provincial Neuquén; Patricia Walsh, diputada nacional mc; Romina del Pla, diputada nacional; Soledad Díaz García, diputada provincial Córdoba; Vanesa Gagliardi, diputada electa CABA; Víctor De Gennaro, presidente congreso Unidad Popular; Vilma Ripoll, diputada CABA mc; Andrea Gutiérrez y Guillermo Aleman (concejales San Salvador de Jujuy), Carlos Espeche (concejal Guaymallén, Mendoza), Jesica Bustos (concejala Maipú, Mendoza), Julio Mamani (concejal Palpalá, Jujuy); Laura Vilches, concejala Córdoba; Micaela Blanco Minoli, concejala Lavalle, Mendoza; Miguel López y Luis Guerra (concejales Libertador Gral. San Martín, Jujuy); Nathalia Hormazábal, concejala Neuquén; Ulises Jiménez, concejal Las Heras, Mendoza, Celeste Lepratti (Asamblea 19 y 20 – Arde Matria. Rosario), Débora Bussolini (H.I.J.O.S. Villa Gesell), Diego Carrizo (secr. DDHH CTA-A Malvinas Argentinas), Liliana Mazea, Marta Ungaro, Pablo Llonto, Padre y hermanos de Darío Santillán, Patricio Navarro Roa (mesa DDHH Nuevo Encuentro Pte. Perón), Stella Maris Bellone (APDH La Matanza), ), Carola Bianco, militante de DDHH; Claribel Cecato (Programa de DDHH, FFyH-UNC), María Adela Antokoletz (miembro de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora), Iris Pereyra de Avellaneda (sobreviviente Campo de Mayo, madre del Negrito Avellaneda.

Organizaciones de Derechos Humanos:

APEMIA (Agrupación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA; Alejandro Zimerman, Instituto Derechos Humanos CAAL; Asamblea de Ex Presos Políticos Héroes de Trelew, Asamblea por los DDHH La Plata (APDH-La Plata), Asociación Civil Moreno por la Memoria, Asociación de DDHH Cañada de Gómez, Asociación de Sobrevivientes Familiares de Campo de Mayo, CAPOMA-DDHH (Centro de Acción Popular Olga Márquez de Arédez), Casa de la Memoria (Rosario), Casa de la Memoria Imprenta del Pueblo Roberto Matthews, Cátedra Popular de DDHH Luciano Arruga, Centro por los DDHH Hermanos Zaragoza, Colectivo contra el Gatillo Fácil, Colectivo de abogados y abogadas populares La Ciega, Colectivo Temperley Tiene Memoria, Comisión de Amigos y Familiares de Agustín Ramírez (San Francisco Solano), Comisión de DDHH ATE Min. Trabajo, Comisión de Vecinos Justicia por Campomar, Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia (Florencio Varela), Comité por la Absolución de Lautaro González Curuhuinca (Patagonia), Coordinadora del Noroeste por los DDHH (GBA), Dirección de DDHH de Hurlingham, EPCT (Encuentro de Profesionales contra la Tortura ), Espacio por la Memoria la Verdad y la Justicia del Cordón Industrial (Santa Fe), Ex Presos Políticos por la Patria Grande (Córdoba); Ex Presxs, Exiliadxs e Hijxs Autoconvocadxs (Córdoba), Familiares de Desaparecidos de la Colectividad Japonesa, Frente de DDHH Luis Pujals, H.I.J.O.S. Almirante Brown, H.I.J.O.S. Holanda, H.I.J.O.S. Quilmes en la Red Nacional Argentina, H.I.J.O.S. La Matanza, Hijos e Hijas del Exilio, HIJOS La Plata, Instituto de Relaciones Ecuménicas (IRE), H.I.J.O.S. Punta Indio; La Casa de las Madres – Jujuy, Soy Nosotras Mendoza (ex presas políticas), Plataforma argentina contra la impunidad – Barcelona, Plazas de la Memoria Almirante Brown, Programa de DDHH Fac. FyH UNC, Secretaría de DDHH de la CTA-A Capital, Secretaría de Género y DDHH ATE-INTI (La Verde), Uruguayos en Argentina por los DDHH; Mesa Permanente de DDHH (Punta Indio).

Otras adhesiones:

Agustín Scola, Alan Salama, Alejandra Bret, Alejandra Sgroi, Ana J. Ramos, APDH y Hermanos de desaparecidos; Andrea Benites-Dumont, Ayelén Bieber, Nidia V. Caballero, Canela Visconti, Carlos Colavita, Christian Madia, Orlando Rodríguez, Daniel Rodríguez, Daniel Stragá, Diana Gallardo, Eduardo M. Pastori, Florencia Guimaraes, Beatriz Pedro, Gabriela Domínguez, Gastón Quiroga, Gisela Gaeta, Gustavo Spinello, Inés Fernández, Jorge Falcone, José Montes, Juan Carlos Manoukian, Karina Díaz, Laura N. Trombetta, Liliana D. Pereyra, Liliana Farina, Mara Mejía Gómez, Margarita Robertazzi, María E. Romero, María G. Marichelar, María L. Calello, Mariana Giaretto, Mariana Sol Audono, Miguel Ángel Delamer, Mónica Ahnberg, Mónica M. Chacón, Nathalia Benavides, Nicolás Gutiérrez, Nidia E. Agosti, Oscar A. Dragani, Oscar R. Verón, Pablo Lauría, Gustavo F. Palumbo, Patricia Bracchi, Polattini Lucina, Rafael Villegas (Colectivo Teología de la Liberación Pichi Meisegeier), Raúl A. Iñigo (Oxidarse o Resistir), Rubén De Ferrari, Sandra Eguía, Sebastián Massa, Soledad Núñez, Silvana Bucetta, Silvia Gómez, Silvia Ruiz, Susana L. Chazarreta, Viviana di Lucca, Lilia Ferrer Morillo y siguen las firmas…

[1] Adoptado por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 3 de enero de 1976. Disponible en: https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx

[2] ONU Hábitat, Naciones Unidas. El derecho a una vivienda adecuada. Folleto informativo Nro. 21 / Rev.1. Ginebra, Naciones Unidas, 2010.

[3] CADH, art.26. “Desarrollo Progresivo: Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados”.

[4] Art.29. “Normas de Interpretación:

Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el sentido de:

a) permitir a alguno de los Estados Partes, grupo o persona, suprimir el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en mayor medida que la prevista en ella;

b) limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados;

c) excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se derivan de la forma democrática representativa de gobierno, y

d) excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza”.

[5] Corte IDH, Caso Cabrera García y Montiel Flores. vs. México, Sentencia sobre Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, 26 de noviembre de 2010.

[6] Corte IDH, Caso “Cinco Pensionistas vs. Perú”, 28/02/2003